Fecha de Publicación: 03/08/2021
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 17

   (Departamento de Ética). El Departamento de Ética tiene la función de evaluar desde su especialidad, los protocolos de investigación que le sean remitidos así como los realizados en la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias.
   Sus pronunciamientos serán emitidos mediante dictámenes y en todos los casos deberá asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto N° 158/019 de 3 de junio de 2019.
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