Fecha de Publicación: 23/07/1982
Página: 173-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior serán de aplicación los Derechos Consulares y la Tasa de Movilización de Bultos
cuando corresponda.
Ayuda