Fecha de Publicación: 27/05/2009
Página: 495-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 4

 (Plan de Actividades). El Grupo de Coordinación, con el apoyo de la
Comisión Asesora, deberá elaborar, aplicar y mantener actualizado un Plan
de Actividades del Sistema, a los efectos del cumplimiento de sus
cometidos.
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