Fecha de Publicación: 20/07/2004
Página: 98-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

                   Propano por redes - Ciudad de la Costa

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

CONECTA - Paysandú

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen 
electrónica del mismo."

Nota "m3" significa metro cúbico; "m3/día" significa metro cúbico por 
día.

(1) Los usuarios tienen derecho a elegir el servicio y régimen tarifario 
aplicable siempre que contraten los siguientes mínimos:

G: quinientos metros cúbicos por día (500 m3/día)
FD-FT: cinco mil metros cúbicos por día (5000 m3/día)
Las tarifas FD y FT requieren cargo por reserva de capacidad más cargo 
por metro cúbico consumido.

(2) Cargo mensual por cada metro cúbico diario de capacidad reservada.

(3) Los ususrios conectados a las redes de distribución.

(4) Los usuarios conectados a los gasoductos troncales o de 
aproximación.

(5) Tarifas a definir por el Poder Ejecutivo.

CONECTA SUR

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Nota: "m3" significa metro cúbico; "m3/día" significa metro cúbico por 
día

(1) Los usuarios tienen derecho a elegir el servicio y régimen tarifario 
aplicable siempre que contraten los siguientes mínimos:
G: quinientos metros cúbicos por día (500 m3/día)
FD-FT: cinco mil metros cúbicos por día (5000 m3/día)
Las tarifas FD y FT requieren cargo por reserva de capacidad más cargo 
por metro cúbico consumido.

(2) Cargo mensual por cada metro cúbico diario de capacidad reservada.

(3) Los ususrios conectados a las redes de distribución.

(4) Los usuarios conectados a los gasoductos troncales o de 
aproximación.

(5) Tarifas a definir por el Poder Ejecutivo.
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