Fecha de Publicación: 31/07/2012
Separata
Página: 1
Carilla: 99

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 4

 (Ajustes de las retribuciones) El Directorio del Organismo podrá proponer
adecuaciones del Grupo 0 "Retribución de Servicios Personales", con el fin
de ajustar las retribuciones de su personal. Para ello se tendrá en cuenta
la variación del Índice General de Precios al Consumo confeccionado por el
Instituto Nacional de Estadística, las disponibilidades financieras de la
Administración y la política del Poder Ejecutivo en la materia.
Ayuda