Fecha de Publicación: 31/07/2012
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Carilla: 99

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 16

 (Comunicación a O.P.P. y Tribunal de Cuentas) Las Transformaciones de
cargos y funciones sólo se podrán efectuar teniendo en cuenta las
disponibilidades financieras de la ANC y en todos los casos serán
informados oportunamente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al
Tribunal de Cuentas y a la Oficina Nacional de Servicio Civil.-
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