Fecha de Publicación: 12/11/2025
Página: 310
Carilla: 310

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 13

   Identificación de empresas.- La Dirección General Impositiva proporcionará al Banco de Previsión Social la información necesaria para identificar a las empresas comprendidas en el ámbito espacial definido en el artículo 9°.
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