Fecha de Publicación: 27/07/2021
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

   Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de mayo de 2021 en 1.341,64 (pesos uruguayos mil trescientos cuarenta y uno con 64/100).
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