Fecha de Publicación: 05/11/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 18

   Timbre profesional.- Se considera que la presentación de declaraciones juradas del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) se encuentra comprendida en la excepción a que refiere el artículo 106 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006.
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