CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 07/04/2022.
Extensión del período de reserva.- Cuando un sujeto obligado entienda
necesario ampliar el plazo de reserva de un expediente o documento, deberá
comunicarlo a la UAIP en el informe referido en el artículo 7° inc. 2° de
la Ley que se reglamenta.
CAPITULO III - Información confidencial
Ayuda