Fecha de Publicación: 10/08/2010
Página: 298-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 07/04/2022.

Artículo 14

 Principio de eficiencia.- La utilización de los recursos asignados para
la gestión de los expedientes deberá efectuarse de forma que garantice los
objetivos fijados para el archivo, con el máximo rendimiento económico.
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