Fecha de Publicación: 10/08/2010
Página: 298-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 07/04/2022.

Artículo 13

 Principio de disponibilidad.- La información que se encuentre en los
archivos de los sujetos obligados deberá ser entregada siempre a quien lo
solicite, excepto aquella definida legalmente como secreta, o clasificada
con carácter de reservada o confidencial.
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