Fecha de Publicación: 01/08/2023
Página: 181
Carilla: 181

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 19

   Información al trabajador: puesta de manifiesto del Registro de Historia Laboral). A los efectos de lo previsto por el numeral 3) del artículo 89 de la Ley N° 16.713, de 3 de setiembre de 1995, en la redacción dada por el artículo 225 de la Ley N° 20.130, de 2 de mayo de 2023, la puesta de manifiesto de la información contenida en los registros de Historia Laboral de todos los trabajadores afiliados al Banco de Previsión Social se efectuará por primera vez el 31 de diciembre de 2027 y en lo sucesivo se pondrá de manifiesto actualizada cada 3 años en igual fecha.
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