Fecha de Publicación: 30/07/2018
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

                               Decreto 227/018

Agrégase en el art. 1° del Decreto 60/996, en el valor que se determina de la escala de asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, al Consulado General de la República en la ciudad de Pelotas, Estado de Rio Grande do Sul, República Federativa del Brasil.
(3.895*R)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 3 de Julio de 2018

   VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo N° 60/996 del 27 de febrero de 1996, por el cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;

   RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 09 de abril de 2018 se eleva el rango del Consulado de Distrito en la ciudad de Pelotas a Consulado General de la República en la referida ciudad del Estado de Rio Grande do Sul, República Federativa del Brasil;

   CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos de Etiqueta para el Consulado General de la República en la ciudad de Pelotas, Estado de Rio Grande do Sul, República Federativa del Brasil, en $ 0,80;

   ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 235 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase en el artículo 1° del Decreto del Poder Ejecutivo N° 60/996 de fecha 27 de febrero de 1996, en el valor de $ 0,80 de la escala de asignaciones trimestrales para el cálculo de las Partidas de Etiqueta, al Consulado General de la República en la ciudad de Pelotas, Estado de Rio Grande do Sul, República Federativa del Brasil, a partir del 9 de abril de 2018.

   LUCÍA TOPOLANSKY, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO ASTORI.
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