Fecha de Publicación: 12/11/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE

Artículo 74

   (Cometido de la Mesa Técnica). La Mesa Técnica de la Calidad del Agua tendrá como cometido, asesorar al Ministerio de Ambiente en:

a) el desarrollo de programas nacionales de evaluación de la calidad de
   agua dirigidos a mejorar los niveles de información;

b) la construcción de capacidades nacionales para proteger la calidad de
   las aguas;

c) el abordaje de los temas emergentes en materia de prevención de la
   contaminación de las aguas; y,

d) en otras cuestiones de su competencia, relacionadas con la
   implementación del presente Decreto.
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