(Aporte de organismos fitoplanctónicos). En un plazo máximo de 2 (dos) años a partir de la publicación del presente Decreto, el Ministerio de Ambiente incluirá estándares de vertido para parámetros como clorofila A, cianotoxinas u otros indicadores relevantes para mitigar la ocurrencia de floraciones de cianobacterias en los cursos o cuerpos de agua receptores.