Fecha de Publicación: 26/07/2023
Página: 184
Carilla: 184

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

                               Decreto 224/023

Reglaméntase el régimen de licencia y subsidio por enfermedad para funcionarios públicos, establecido en los arts. 13 a 29 de la Ley 20.075, de fecha 20 de octubre de 2022.
(2.873*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA Y 
            ORDENAMIENTO TERRITORIAL
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
              MINISTERIO DE AMBIENTE

                                           Montevideo, 21 de Julio de 2023

   VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 al 29 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

   RESULTANDO: que se establece un nuevo régimen en materia de licencia y subsidio por enfermedad para aquellos funcionarios presupuestados o contratados, con excepción de los Magistrados del Poder Judicial, los Defensores Públicos, funcionarios del escalafón N de la Fiscalía General de la Nación, funcionarios diplomáticos del servicio exterior que se encuentran en misión en el extranjero y funcionarios de los Gobiernos Departamentales;

   CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente reglamentar el nuevo régimen mencionado;

   II) que se ha recabado el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil, del Banco de Previsión Social, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Ministerio de Salud Pública, de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y del Banco de Seguros del Estado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (Ámbito normativo). El presente Decreto reglamenta el régimen de licencia y subsidio por enfermedad para funcionarios públicos establecido en los artículos 13 a 29 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022.

   LACALLE POU LUIS; LUIS ALBERTO HEBER; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; JOSÉ LUIS FALERO; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; KARINA RANDO; FERNANDO MATTOS; TABARÉ VIERA; RAÚL LOZANO; MARTÍN LEMA; ROBERT BOUVIER.
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