Fecha de Publicación: 20/06/2001
Página: 960-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Facúltase al Jerarca del Inciso para que efectúe las acciones concretas 
que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva implantación 
del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el Poder 
Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.
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