PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
La URSEA en situaciones extraordinarias que puedan afectar el regular abastecimiento de GLP a los consumidores, podrá adoptar previa consulta con la Dirección Nacional de Energía, medidas transitorias de excepción a las disposiciones vigentes en el Decreto N° 472/007.Ayuda