Fecha de Publicación: 08/08/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 42

 La información a incluir en el listado será la del número de inscripción
y cédula de identidad del aspirante, teniéndose reservada toda otra
información que hubiera surgido durante el proceso de selección.
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