Fecha de Publicación: 08/08/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

 La aprobación del Concurso se verificará cuando el postulante haya
obtenido como mínimo 70 puntos por la suma total de los puntajes de cada
factor. Se considerará eliminado del proceso de selección, aquel
postulante que con el puntaje obtenido en las etapas realizadas, no le
permita con el máximo de puntos restante, completar el total de 70 puntos
mínimos exigidos para la aprobación del Concurso.

Los factores de evaluación en el Concurso de Méritos y Antecedentes se
ajustarán a la siguiente tabla:

a) Méritos y Antecedentes: 45 puntos
b) Evaluación Psicolaboral: 30 puntos
c) Entrevista con el Tribunal: 25 puntos

Los factores de evaluación en el Concurso de Oposición y Méritos se
ajustarán a la siguiente tabla:

d) Méritos y Antecedentes: 20 puntos
e) Prueba de Conocimiento: 40 puntos
f) Evaluación Psicolaboral: 20 puntos
g) Entrevista con el Tribunal: 20 puntos
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