Decreto 223/994
Intégrase a la Comisión Nacional Honoraria de Salud Animal con sus mismos cometidos a las Cooperativas Agrarias Federadas.
(1045*R)
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Montevideo, 19 de mayo de 1994
Visto: el decreto Nº 155/991, de fecha 13 de marzo de 1991.
Resultando: I) por el citado decreto se modifican los Arts. 1º y
2º del decreto Nº 33/982, de 27 de enero de 1982, a fin de revitalizar
las acciones de la Comisión Honoraria de Salud Animal, con indicación de
su formación, cometidos, designaciones, funcionamiento y Comisiones
Departamentales de Salud Animal.
II) la Comisión Honoraria en sesión realizada el día 2 de mayo de
1994 (Acta Nº 211) resolvió, por unanimidad, proponer que Cooperativas
Agrarias Federadas (CAF) integre la Comisión Nacional Honoraria de Salud
Animal y Comisiones Departamentales.
Considerando: I) los cometidos asignados a la Comisión Nacional
Honoraria de Salud Animal por el decreto Nº 155/991, de 13 de marzo de
1991.
II) la índole de los mismos hacen conveniente que la referida
Comisión esté integrada, también, por las Cooperativas Agrarias Federadas.
Atento: a lo precedentemente expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícase el Art. 1º del decreto Nº 33/982, de 27 de enero de 1982,
en la redacción dada por el decreto Nº 155/991, de 13 de marzo de 1991,
referido a la formación de la Comisión Nacional de Salud Animal,
integrando la misma con un delegado y su respectivo alterno, de las
Cooperativas Agrarias Federadas, en las mismas condiciones que los demás
delegados no oficiales.
Modifícase el Art. 5º del decreto Nº 155/991, de 13 de marzo de 1991,
referido a la formación de las Comisiones Departamentales de Salud Animal,
agregando un delegado y su respectivo alterno, de las Cooperativas
Agrarias Federadas, en las mismas condiciones que los demás delegados no
oficiales.