Fecha de Publicación: 20/08/1998
Página: 298-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 61

Contratos de seguros y reaseguros.- Están exonerados del Impuesto al
Valor Agregado los contratos de seguros  o reaseguros relativos a los
riesgos de muerte, vejez, invalidez, enfermedades y lesiones personales,
siempre que la entidad aseguradora o reaseguradora en su caso, se
encuentre autorizada a operar de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º
de la Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993.
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