Fecha de Publicación: 20/08/1998
Página: 298-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 60

Arrendamientos de inmuebles.- La exoneración a los servicios de
arrendamientos de bienes inmuebles alcanza a aquellos contratos que se
hallan comprendidos en la definición que del arrendamiento de imueble
efectúa el Derecho Civil.
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