Fecha de Publicación: 20/08/1998
Página: 298-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 160

Venta de bienes y mercaderías a turistas para las ciudades de Rivera y
Chuy - Formalidades y requisitos.- La Dirección Nacional de Aduanas y la
Dirección General Impositiva establecerán las formalidades y requisitos
con que deberán documentarse las operaciones que se realicen al amparo del
Decreto Nº 367/995 de 4 de octubre de 1995, debiendo en todos los casos
expedirse una vía para la Dirección General Impositiva.

 Asimismo podrán disponer la obligatoriedad de llevar registros
especiales.

                          CAPITULO XII

            Declaraciones Juradas, Pago y Devolución
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