Fecha de Publicación: 20/08/1998
Página: 298-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 104

Tarjetas de crédito.- La emisión de tarjetas de crédito constituye un
servicio gravado por el impuesto que se reglamenta.

 La utilización en el país de tarjetas de crédito, cualquiera sea su lugar
de emisión, implica la prestación de un servicio al comerciante que la
acepta.
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