Fecha de Publicación: 24/06/2002
Página: 734-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 5

 Los programas de fomento de la integración horizontal y vertical de la 
cadena agroindustrial de frutas y hortalizas y el apoyo para la creación 
de un mercado regional en el litoral norte del país podrán ser 
financiados con fondos provenientes del FRFG y ejecutados a través de la 
Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA) y el PREDEG, debiendo los mismos 
cumplir con los lineamientos estratégicos definidos por el Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) para el desarrollo de la granja.
Los programas de fomento, deberán propender al desarrollo del sector 
granjero, sobre la base de un crecimiento sostenible, haciendo posible su 
acceso estable y permanente al mercado externo, transformándose en 
genuinos generadores de divisas. Para ello se entiende que las propuestas 
deberán considerar los siguientes aspectos:
a) incremento de la oferta de productos con posiblidades de 
   competencia exterior,
b) mejora de la calidad e inocuidad de los productos,
c) organización de la producción,
d) gerencia y marketing,
e) industrialización de la producción
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