Fecha de Publicación: 24/06/2002
Página: 734-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 219/002

Reglaméntase la Ley 17.503, por la cual se crea el Fondo de 
Reconstrucción y Fomento de la Granja (FRFG).
(1.840*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 14 de junio de 2002
                                                                          
VISTO: la Ley Nº 17.503 de 30 de mayo de 2002.

RESULTANDO: I).- que por la mencionada norma legal se crea el Fondo de 
Reconstrucción y Fomento de la Granja (FRFG), cuyo destino será la 
atención de los aspectos establecidos en los literales 1 a 6, del 
artículo 1º de la Ley Nº 17.503.

II).- que dicho fondo se financiará con el Impuesto al Valor Agregado a 
las frutas, flores y hortalizas que la misma norma legal establece;

CONSIDERANDO: I).- conveniente disponer los términos y reglamentar los 
alcances previstos en el cuerpo legal, definiendo cada una de las 
situaciones que abarcarán los aspectos especialmente contemplados, así 
como la intervención que tendrán cada uno de los órganos que constituyan 
el mecanismo operativo del Fondo;

II).- necesario precisar la forma en que los créditos fiscales que las 
modificaciones tributarias incluidas en la Ley acuerdan a los productores 
agropecuarios por sus enajenaciones de frutas, flores y hortalizas 
gravadas por el Impuesto al Valor Agregado habrán de hacerse efectivos;

III).- necesario establecer el alcance del impuesto que se crea, su 
vigencia y los aspectos materiales que lo componen;

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 168º ordinal 4º 
de la Constitución de la República:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  
                                                                          
                                Capitulo I                                
                                                                          
                            Destino del Fondo                             

Artículo 1

 El Fondo de Reconstrucción y Fomento de la Granja (FRFG), creado por la 
Ley Nº 17.503 de 30 de mayo de 2002, será destinado a atender las 
pérdidas de los productores afectados por el fenómeno climático del 10 de 
marzo de 2002, subsidiar los seguros, crear un fondo de emergencia 
climática, financiar una estrategia integral de desarrollo de la granja 
vegetal, apoyar programas de fomento de la integración de la cadena 
agroindustrial de frutas y hortalizas y apoyar la creación de un mercado 
regional en el litoral norte del país.

BATLLE, MARTIN AGUIRREZABALA, ALBERTO BENSION.


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