PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
No se podrá disponer la contratación de personal externo de confianza en tareas de asesoría, secretaría, o similar, por un monto total mensual que supere el tope establecido en el Artículo N° 23 de la Ley N° 17.556 del 18 de setiembre de 2002.Ayuda