Fecha de Publicación: 04/07/2011
Página: 28-A
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

 Incorpóranse los puestos de trabajo referidos en el artículo 1° anterior,
a la estructura de puestos de trabajo de AGESIC, conforme luce en el Anexo
adjunto, que se considera parte integrante del presente Decreto.
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