Decreto 215/002
Declárase aplicable en el Derecho interno el documento denominado
"Reglamento Técnico Mercosur para Determinación de Peso Neto en Pescados,
Moluscos y Crustáceos Glaseados", aprobado por Resolución 08/02 del Grupo
Mercado Común del MERCOSUR.
(1.813*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 13 de junio de 2002
VISTO: la resolución No. 08/02 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;
RESULTANDO: que por la misma se aprobó el denominado "Reglamento Técnico
Mercosur para Determinación de Peso Neto en Pescados, Moluscos y
Crustáceos Glaseados";
CONSIDERANDO: I) que el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de
Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR -Protocolo de
Ouro Preto- aprobado por Ley No. 16.712 de 1º de setiembre de 1995,
establece que los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas
necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento
de las normas emanadas de los órganos correspondientes previstos en el
artículo 2º del referido Protocolo;
II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas
en el VISTO;
ATENTO: a lo expuesto, lo dictaminado por el Laboratorio Tecnológico del
Uruguay y Asesoría Jurídica;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado
"Reglamento Técnico Mercosur para Determinación de Peso Neto en Pescados,
Moluscos y Crustáceos Glaseados" aprobado por resolución No. 08/02 del
Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y forma parte
integral del mismo.