Fecha de Publicación: 30/01/2026
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

   Sujetos pasivos. Contribuyentes.- Son contribuyentes del impuesto que se reglamenta:

a) Los productores agropecuarios que enajenen bienes gravados a
   contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas
   (IRAE) que no sean productores agropecuarios, a Administraciones
   Municipales o a Organismos Estatales.

b) Quienes exporten bienes gravados de su propia producción.

c) Los productores de los bienes gravados que sean contribuyentes del
   Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y
   manufacturen, enajenen o afecten al uso propio dichos bienes.

d) Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades
   Económicas (IRAE) que importen bienes gravados y los enajenen,
   manufacturen o afecten al uso propio.
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