PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sustitúyese la redacción del artículo 3 del Decreto N° 411/001, de 23 de octubre de 2001, por la siguiente: "La Oficina de Planeamiento y Presupuesto transferirá los montos correspondientes a cada etapa, una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones de pago.".Ayuda