Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con
efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 324/016 de 14/06/2016.
Artículo 25
En igual situación se considerará incurso el funcionario aduanero que
fuere condenado por la comisión, complicidad o encubrimiento de
contrabando o defraudación, según resolución firme recaída en vía
administrativa o jurisdiccional.-