Fecha de Publicación: 29/07/2013
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con 
efectos generales y absolutos: Sentencia TCA Nº 324/016 de 14/06/2016.

Artículo 24

 El funcionario de la Dirección Nacional de Aduanas que ante la
jurisdicción penal competente fuere condenado por la comisión, complicidad
o encubrimiento de delito de contrabando u otro delito relacionado con la
función, será considerado incurso en falta grave constituyendo causal de
destitución por delito, sin perjuicio del ejercicio independiente de la
jurisdicción disciplinaria.-
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