Fecha de Publicación: 25/07/2014
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto 201/014

Modifícanse la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente
Arancel Externo Común.
(1.124*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
   MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                           Montevideo, 21 de Julio de 2014

VISTO: el Decreto N° 426/011, de 28 de diciembre de 2011.

RESULTANDO: I) que el referido Decreto, incorporó al ordenamiento jurídico
nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel
Externo Común.

II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por
el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones No 09/14, N° 10/14 y N°
11/14.

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones
resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en
cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de
enero de 1977,-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común, de conformidad con los Anexos que forman parte del
presente Decreto.

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.-
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; MARIO BERGARA; LUIS PORTO;
ROBERTO KREIMERMAN; TABARÉ AGUERRE.

                                 ANEXO I

          SITUACIÓN ACTUAL                  MODIFICACIÓN APROBADA
NCM            DESCRIPCIÓN     AEC %     NCM         DESCRIPCIÓN     AEC %
2826.12.00  - - De aluminio     10    2826.12.00   - - De aluminio    2

                                 ANEXO II

          SITUACIÓN ACTUAL                  MODIFICACIÓN APROBADA
NCM            DESCRIPCIÓN     AEC %     NCM         DESCRIPCIÓN     AEC %
3808.93.29     Los demás        8     3808.93.28     Los demás, a
                                                     base de
                                                     hexazinona       8
                                      3808.93.29     Los demás        8

                                ANEXO III

            SITUACIÓN ACTUAL                  MODIFICACIÓN APROBADA
NCM            DESCRIPCIÓN     AEC %     NCM         DESCRIPCIÓN     AEC %
8527.13        - - Los demás
            aparatos combinados
               con grabador o
               reproductor de
                  sonido             8527.13.00    - - Los demás
                                                 aparatos combinados
                                                    con grabador o
                                                    reproductor de
                                                         sonido       20
8527.13.10    Con reproductor
               de cintas        20   8527.13.10        SUPRIMIDO
8527.13.20    Con reproductor
               y grabador de
                  cintas        20   8527.13.20        SUPRIMIDO
8527.13.30    Con reproductor
               y grabador de
               cintas y con           85.13.20         SUPRIMIDO
                giradiscos      20   85.27.13.30       SUPRIMIDO
8527.13.90     Los demás        20   8527.13.90        SUPRIMIDO
8527.21      - - Combinados
              con grabador o
              reproductor de
                  sonido             8527.21.00    - - Combinados
                                                    con grabador o
                                                    reproductor de
                                                        sonido       20
8527.21.10   Con reproductor
                de cintas       20   8527.21.10        SUPRIMIDO
8527.21.90     Los demás        20   8527.21.90        SUPRIMIDO
8527.91      - - Combinados
             con grabador o
             reproductor de
                 sonido              8527.91.00     - - Combinados
                                                     con grabador o
                                                     reproductor de
                                                        sonido       20
8527.91.10  Con reproductor y
            grabador de cintas 20    8527.91.10        SUPRIMIDO
8527.91.20  Con reproductor y
            grabador de cintas
            y con giradiscos   20    8527.91.20        SUPRIMIDO
8527.91.90     Los demás       20    8527.91.90        SUPRIMIDO


		
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