Fecha de Publicación: 18/01/1999
Página: 523-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 94

Los plazos señalados a las partes interesadas se contarán a partir del día
siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación del
acto de que se trate.-
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