MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
La resolución del Poder Ejecutivo respecto de la fijación de una medida de salvaguardia provisional, será dictada dentro del plazo de 15 (quince) días contados a partir del siguiente de la fecha de emisión del dictamen a que se refiere el Artículo 60º, notificada al solicitante y publicada en el Diario Oficial.-Ayuda