Fecha de Publicación: 18/01/1999
Página: 523-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 33

Vencido el plazo previsto en el artículo anterior, se considerará
finalizada la instrucción del procedimiento. Las informaciones recibidas
posteriormente no serán consideradas a los efectos del pronunciamiento de
la Comisión de Aplicación.-
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