Fecha de Publicación: 13/05/1994
Página: 234-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Mantiénese en 0% (cero por ciento) la Tasa Global Arancelaria para la
importación de trigo (ítem NADISA 1001.10.00.90 y 1001.90.10.90).
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