Decreto 193/992
Apruébase el Reglamento de Organización de las Fuerzas de Mar.
Ministerio de Defensa Nacional.
Montevideo, 12 de mayo de 1992.
Visto: la gestión del Comando General de la Armada por la que solicita
la aprobación del Reglamento de Organización de las Fuerzas de Mar, en
sustitución del aprobado por decreto 280/969 de 17 de junio de 1969.
Considerando: la necesidad de efectuar una actualización de la
Organización de las Fuerzas de Mar, a fin de ajustarla a los actuales
requerimientos de la Armada y de recoger la doctrina sobre organización
de dichas fuerzas, distinguiendo las tareas administrativas permanentes
de las de carácter temporario.
Atento: a los fundamentos expuestos y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de Organización de las Fuerzas de Mar, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Organización de las Fuerzas de Mar
División Escolta (DIVES)
Estará constituída por Fragatas, Destructores o Corbetas, cuya misión
primaria es la defensa de las líneas de comunicación marítimas y de la
integridad territorial.
División Patrulla (DIVPA)
Estará constituída por Patrulleros cuya misión primaria es la
vigilancia, interdicción y seguridad marítima.
División Servicios (DIVSE)
Estará constituída por Unidades de Servicio, de Enseñanza o de Apoyo
Logístico, cuya misión primaria es el apoyo utilitario a otras Unidades o
Reparticiones de la Armada.
División Minado y Contraminado (DIMYC)
Estará constituída por Minadores y Barreminas cuya misión primaria es
la guerra de minas.