La Comisión de Relevamiento de la flota automotriz y Talleres del Estado
instrumentará los procedimientos necesarios para recabar la información
que sirva de base para el control periódico de la utilización de
vehículos oficiales.
Los Jerarcas de cada Ministerio deberán presentar un informe trimestral,
de acuerdo a las instrucciones de la Comisión, respecto al uso de la
flota vehicular.
En caso que de las actuaciones de la Comisión surjan eventuales desvíos o
irregularidades, constatados en los mismos, serán puestos en conocimiento
del Ministerio de Economía y Finanzas quien elevará los antecedentes al
Poder Ejecutivo a efectos de la aplicación de las responsabilidades que
correspondan en cada caso.