Fecha de Publicación: 08/07/2019
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Fe de erratas publicada/s: 06/11/2019.

Artículo 21

   Las primeras experiencias de aplicación del régimen serán realizadas como experiencias piloto bajo la supervisión del Comité Asesor a que hace referencia el artículo 7° del presente decreto.
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