Fecha de Publicación: 19/05/1993
Página: 291-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 3

   El 50% de la recaudación por concepto de arrendamiento será destinado a
Rentas Generales, y el restante 50% será considerado en carácter de
proventos para gastos de funcionamiento (a excepción de retribuciones
personales) e inversiones en el Ministerio de Relaciones Exteriores y
según lo determinen sus autoridades.
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