Fecha de Publicación: 13/04/1977
Página: 38-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 182/977

Se regularizan las inversiones realizadas en el ejercicio 1975, así como 
a la autorización de proyectos para el ejercicio 1976, de la Administración de la Obras Sanitarias del Estado.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                         Montevideo, 30 de marzo de 1977.

   Visto: los Presupuestos de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado para los ejercicios 1975 y 1976.

   Resultando: que el Ente presentó oportunamente las respectivas iniciativas presupuestales;

   Considerando: I) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, ha entendido conveniente se proceda a las regularizaciones de las inversiones realizadas en el ejercicio 1975 en base a la información suministrada por el Ente, así como a la autorización de los proyectos para el ejercicio 1976;

   II) Que el decreto 231/976, del 29 de abril de 1976, estableció en su artículo 3.o, que las inversiones realizadas durante 1975, deberán ser comunicadas a esta Secretaría a los efectos de su consideración por el Poder Ejecutivo.

   Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la República,

   El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, las siguientes partidas correspondientes a las inversiones a ser ejecutadas a partir del 1.o de enero de 1975:

Rubro             Denominación                Monto N$
 __                   __                         __

 0           Retribuciones personales ...    2:258.059.00           
 1           Servicios no personales ....    1:075.787.00 
 2           Materiales .................    4:198.999.00
 3           Maquinaria y Equipo ........       84.101.00
 4           Inmuebles ..................       95.360.00
 5           Construcciones .............    5:322.173.00
 6           Cargas legales y prestaciones     744.944.00
                                            _____________
                                            13:779.423.00
                                            _____________


		
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