(Donaciones realizadas por productores agropecuarios). Cuando las donaciones sean realizadas por un productor agropecuario y documentadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80, se considerarán realizadas a no contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), en tanto el beneficiario final de la donación no revista tal calidad.