PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 26
A la Dirección de Vinculación compete:
- Coordinar, planificar e incentivar acciones orientadas a mantener el vínculo social y cultural con los uruguayos residentes en el exterior con la ayuda de las Oficinas Consulares de la República, Consejos Consultivos y Asociaciones de uruguayos;
- Llevar un registro de todos los Consejos Consultivos y Asociaciones de uruguayos que se encuentren establecidos en el exterior;
- Organizar, coordinar y realizar encuentros Mundiales de Consejos Consultivos;
- Coordinar y apoyar eventos culturales solicitados por los uruguayos residentes en el exterior;
- Elevar a la Dirección General para Asuntos Consulares, Migratorios y de Vinculación las solicitudes de apoyo económico a los eventos culturales en el marco del Fondo de Cultura.
- Recolectar, sistematizar y difundir toda información relevante para el retorno de los uruguayos residentes en el exterior así como de ciudadanos extranjeros que deseen establecerse en nuestro país.