Fecha de Publicación: 02/07/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 26

   A la Dirección de Vinculación compete:
   - Coordinar, planificar e incentivar acciones orientadas a mantener el vínculo social y cultural con los uruguayos residentes en el exterior con la ayuda de las Oficinas Consulares de la República, Consejos Consultivos y Asociaciones de uruguayos;
   - Llevar un registro de todos los Consejos Consultivos y Asociaciones de uruguayos que se encuentren establecidos en el exterior;
   - Organizar, coordinar y realizar encuentros Mundiales de Consejos Consultivos;
   - Coordinar y apoyar eventos culturales solicitados por los uruguayos residentes en el exterior;
   - Elevar a la Dirección General para Asuntos Consulares, Migratorios y de Vinculación las solicitudes de apoyo económico a los eventos culturales en el marco del Fondo de Cultura.
   - Recolectar, sistematizar y difundir toda información relevante para el retorno de los uruguayos residentes en el exterior así como de ciudadanos extranjeros que deseen establecerse en nuestro país.
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