Fecha de Publicación: 22/06/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 19

   RETIRO INCENTIVADO. La partida presupuestada en el grupo 5 objeto de gasto 576.000 "incentivos al retiro" es la correspondiente al monto a devengar en el ejercicio por concepto de retiro incentivado aprobado por Directorio en R 11-1905 del 16/12/2011.
   En el Programa de pagos se presupuesta la partida a pagar en el ejercicio. 
   El incentivo no será materia gravada por los tributos de la seguridad social. A los efectos jubilatorios de la actividad civil, se tomará como fecha de cese de la condición de activo el último día del mes de cobro del incentivo.
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