Decreto 169/017
Incorpórase al Anexo I del Decreto 19/017 las posiciones arancelarias que se determinan.
(1.972*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 26 de Junio de 2017
VISTO: que el Decreto N° 19/017 de 24 de enero de 2017, dispuso los ítems arancelarios que disponen de tasa de devolución de tributos a las exportaciones.
CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de productos colchones y somieres, correspondiente a los ítems arancelarios 9404.29.00.00 "de otras materias" y 9404.10.00.00 "somieres", a la devolución de tributos a las exportaciones.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 16.492 de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y sus decretos reglamentarios,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Incorpórase al Anexo I del Decreto N° 19/017 de 24 de enero de 2017, las siguientes posiciones arancelarias:
NCM
%
9404.29.00.00
3
9404.10.00.00
3
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; DANILO ASTORI; CAROLINA COSSE; TABARÉ AGUERRE.