Fecha de Publicación: 23/06/1986
Página: 648-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 3

   Autorízase a la Comisión Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo a aplicar un recargo de 10% (diez por ciento) a las facturas 
no abonadas dentro del plazo otorgado para el pago.
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